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Según ministro Ramón Rodríguez Chacín, los nuevos cuerpos de inteligencia y contrainteligencia serán "organismos secretos"
El Universal
María Daniela Espinosa
Con la entrada en vigencia de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, promulgada este miércoles por el presidente Hugo Chávez, toda persona, empresa u organización no gubernamental, venezolana o extranjera, está en la obligación de "cooperar" con los órganos encubiertos cuando así le sea requerido. Aquellos que se nieguen a atender la solicitud de ayuda estarán "atentando contra la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación" y podrían ser penados con prisión de 2 a 4 años en el caso de los particulares, y de 4 a 6 años en el caso de los funcionarios públicos, según la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, sancionada en 2002.
El recién promulgado texto legal, que contiene 29 artículos y dos
disposiciones transitorias, considera "órganos de apoyo a las
actividades de inteligencia y contrainteligencia, las personas
naturales y jurídicas, de Derecho público y privado, nacionales o
extranjeras, así como a los órganos y entes de la Administración
Pública nacional, estadal, municipal, las redes sociales,
organizaciones de participación popular y de comunidades organizadas,
cuando le sea solicitada su cooperación para la obtención de
información o el apoyo técnico, por parte de los órganos con
competencia especial".
Incluso, en el artículo 17, destaca la "obligación especial" que tienen
todos los funcionarios del "sistema de justicia" de coadyuvar en el
ejercicio de dichas actividades.
Las personas que "colaboren" con los procedimientos operativos o de
investigación deben mantener la "confidencialidad o secreto" de su
actuación y dar tratamiento de "información clasificada" a los datos
que obtengan de esa actividad.
¿Legalidad de la prueba?
Cuando en el marco de una investigación, las diligencias necesarias
recaigan sobre "hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor
fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión
de un delito", los órganos competentes pueden actuar sin requerir orden
judicial alguna.
Los resultados obtenidos de dichos procedimientos tendrán el carácter
de "prueba técnica y serán libremente incorporadas al proceso judicial
pertinente".
La ley, en su artículo 21, contempla la posibilidad de mantener en
secreto o bajo grado de confidencialidad ciertos indicios o pruebas,
"procediéndose a su incorporación sobrevenida en la fase procesal
oportuna y correspondiente, garantizando siempre el derecho a la
defensa".
Ámbito de acción
Las normas contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y
Contrainteligencia son de obligatorio cumplimiento no sólo para los
funcionarios adscritos a dicho sistema, a las distintas ramas del Poder
Público y a los que desempeñen funciones de custodia y prevención.
"Toda persona en el desarrollo de sus actividades, dentro o fuera del
territorio nacional, que posea o tenga acceso a información de interés
estratégico para la Nación" también debe regirse por este texto legal.
En el artículo 4 queda claro que el Ejecutivo nacional tiene la
potestad única en materia de inteligencia y contrainteligencia, por lo
que es ilícito y genera responsabilidad legal cualquier "medio especial
o técnico diseñado, desarrollado, ajustado o programado para la
obtención y procesamiento de información" por parte de personas o
empresas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Carácter preventivo
Ante la necesidad de "articular acciones" que garanticen la seguridad,
defensa y desarrollo integral de la Nación, el Ejecutivo desactivará a
la Disip y a la Dirección de Inteligencia Militar (DIM) para crear un
Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, que esté
sometido a la rectoría del Ministerio del Interior, en el ámbito civil,
y del Ministerio de la Defensa, en el ámbito militar.
Entre las competencias que tendrá, se encuentra "identificar, prevenir
y neutralizar toda actividad interna o externa ejecutada por cualquier
factor que pretenda atentar contra el orden constitucional y las
instituciones democráticas". Entre ellas, hacer frente a la injerencia
de Estados Unidos en los asuntos internos del país, dijo el ministro
del Interior, Ramón Rodríguez Chacín.
Será predominantemente "preventivo, continuo e ininterrumpido".
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